Derivado de los informes que han revelado la introducción de la modalidad de transporte de pasajeros conocida como "Uber Moto", la Secretaría de Movilidad y Transporte (SMT) emite una declaración esencial:

La SMT aclara que los servicios de transporte mercantil, especificados en el artículo 14 de la Ley de Transporte del Estado de Puebla, no incluyen la utilización de motocicletas para el traslado de personas, como lo propone la modalidad "Uber Moto". Por consiguiente, este servicio no cuenta con el respaldo de la dependencia y está sujeto a sanciones administrativas y acciones legales por brindar transporte sin la debida autorización, permiso o registro.

La Secretaría lleva a cabo operativos de manera continua para identificar y detener el transporte irregular. Asimismo, insta a los proveedores de servicios públicos y mercantiles a cumplir con las regulaciones vigentes y a los usuarios a elegir servicios legales que garanticen condiciones óptimas para proteger su seguridad y bienestar.

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